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septiembre 27, 2012

关于拉丁美洲公开招标的一些思考 第三部分 · Licitaciones Públicas en América Latina Parte III

在本文的第二部分中,我们分析了准备招标的流程和条件文件的内容。En la segunda parte de esta serie de entregas, analizamos cómo se prepara una licitación y qué contiene un pliego de condiciones.

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在本文的第二部分中,我们分析了准备招标的流程和条件文件的内容。

为了成功地进行招标,应进行前期研究。这样可以避免将来因修改合同而增加的预算。管理部门应制定文件,对筛选过程及选定受标人后应签订的合同进行规定和限制。前期研究的类型取决于项目类型,每项研究均以满足管理部门的需要为标准。条件文件包括至少包括下列信息:

a.      作为标的物的物品、工程或服务的性质和技术质量特性,以及相应图纸、草图和设计,

b.      物品数量,

c.      工程实施地点,及选定为受标人后应交接货物的期限,

d.      提交标书的方式、地点和期限,

e.      开标的地点、日期和时间,以及开标、检验的程序。

3.何时发出投标邀请?

招标的公开性质是由宪法决定的,这保证了管理部门的所有行为都向公众公开。公开与透明的原则也是招标公开的原因之一,我们在本文第一部分已经分析过这一点,这是招标的所有阶段都必须遵循的原则。公开性要求管理部门发布投标邀请。

每个招标活动都必须包含一个标的公布阶段,但如何操作由于每个法律体系的不同而有所不同。应指出的是,这是在有关人员准备标书阶段的通知;是对投标人发出的参加筛选过程的正式邀请。

这里应进行最大程度的公开。通常是通过官方日报、(任何形式的)日报和其他媒体进行公开招标。

公开招标的内容根据不同法律规定而有所不同,但一般均包含下列方面:

a.      招标单位的名称和地址。

b.     作为标的物的服务的简短介绍。

c.      筛选流程。

d.     咨询、退还和获得条件文书的地点。

e.     获得投标邀请函和预选评定文件的方法。

f.      投标邀请文件的价值。

g.      建议书应满足的条件。

h.     提交标书的地点和期限。

i.       接收标书提交的官员,以及参加投标须提供的保证金额。

工程招标示例

服务招标示例

 

 4.      谁可以进行招标和投标?

参与招标过程的法律主体包括:

a.         招标人(履行管理职责的公共机构)

b.        投标人(制定标书,并参与筛选过程)

投标人可以是本国或外国、公共或私人领域的自然人或法人。在招标过程的不同阶段以不同的身份出现:

a.            相关方:了解投标的基本情况和条件时。此阶段有权主动参加。

b.        文件购买者:购买条件文件或招标文件时。

c.         投标人:提出或提交建议书时。

d.            受标人:被选为合同方时。一旦成为受标人,其法律行为即受合同条款限制。

下表总结了各个类型的投标人的一般特性:

投标人类型 特性
联营企业,企业临时联盟,合营企业。 如果并为明确作出相反规定,应允许联营企业或企业临时联盟(UTE)参与投标。类似的企业还有“合营企业”(JV)。合营企业中,数位成员(通常是法人或商人)签订商务协议,共同从事一项贸易。这种联合形式多样,适用于从物品生产、服务提供到新市场开拓以及商品产业链中不同角色间的相互支持等目的。合营企业只在一段时间内存在,以获得共同经济利益为目标。这种模式的缺点在于难以确定由哪一方负责任。为了避免这类问题,建议在条件文件中规定双方负连带责任,并以此作为提交标书的条件。
外国企业 所有这些企业均应遵守每个国家适用法律的规定。同时,应保障本国和外国企业的平等竞争。经济一体化法规避免了不适当或过时制度对招标流程的不利影响。还应指出的是,一些国际法规也约束着此类招标过程,尤其是联合国委员会第26次会议(1993年7月5日至23日维也纳会议)上《联合国国际贸易法委员会关于货物、工程及服务采购示范法》。
正在筹建的公司 只要符合规定,正在筹建的公司也可以参加投标,条件是在合同签订前建立完毕。

综上所述,虽然我们已经讨论了有关招标整体的许多问题,但必须指出的是,招标过程中有很多的细节,而每个国家的法律以及适用于该国的国际法规都影响着招标的进程。

安德莉亚 :哥斯达黎加律师。哥斯达黎加西班牙语美洲大学法律学士。查看简历

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En la segunda parte de esta serie de entregas, analizamos cómo se prepara una licitación y qué contiene un pliego de condiciones.

Para una licitación exitosa  es necesario preparar estudios previos. Así se evitarán futuras modificaciones en el contrato que implican el aumento del presupuesto.  La administración debe de contar con documentos que especifican y condicionan el procedimiento de selección y el futuro contrato una vez electo el candidato. Los estudios siempre dependerán de qué tipo de proyecto se trate y cada uno de ellos se adaptará dependiendo de las necesidades de la administración.  El pliego de condiciones contiene, por lo menos, la siguiente información:

a.      la índole y las características técnicas y de calidad que deban tener los bienes, las obras o los servicios que se hayan de contrataras, los planos, dibujos o diseños que correspondan,

b.      la cantidad de bienes,

c.      el lugar donde se hayan de efectuar las obras y si procede, el plazo conveniente o necesario en que hayan de entregarse los bienes,

d.      la forma, el lugar y el plazo para la presentación,

e.      el lugar, fecha y hora de la apertura de las ofertas, así como los trámites para la apertura y examen de las ofertas.

3. ¿Cuándo se anuncia la solicitud de propuestas?

La naturaleza jurídica de la publicidad está a nivel constitucional donde garantiza que todos los actos de la administración deben ser públicos. Esto se debe además a los principios de publicidad y transparencia, elementos que analizamos en la primera parte de esta serie de artículos, los cuales deben estar presentes en todas las etapas del procedimiento de licitación.  La publicación busca la divulgación de la solicitud de oferta.

Cada licitación contiene un periodo de publicación de ofertas; sin embargo cada legislación determinará la forma en que se procede para hacer el anuncio. Cabe aclarar que dicho anuncio es un aviso del periodo que tendrán los interesados para efectuar sus ofertas; es una invitación formal a participar en un determinado proceso de selección.

Acá se procura la máxima publicidad posible. Comúnmente se  recurre a diarios oficiales, diarios (de cualquier tipo) así como cualquier otro medio de comunicación.

Las exigencias del contenido de dicha publicación varían según la legislación pero generalmente contiene:

a.      El nombre y la dirección de la entidad adjudicadora.

b.     Una breve descripción de los servicios que hayan de contratarse.

c.      El procedimiento de selección.

d.     Lugar donde puede consultarse, retirarse o adquirirse los pliegos de condiciones.

e.     La forma de obtener la solicitud de propuestas o la documentación de precalificación.

f.      Valor de los pliegos por la solicitud de propuestas.

g.      Condiciones a las que debe ajustarse las propuestas

h.     Lugar y plazo de presentación de ofertas

i.       Funcionario  a quien deben entregarse las propuestas y el monto de la garantía para participar en el procedimiento.

EJEMPLO DE LICITACIÓN DE OBRAS

EJEMPLO DE LICITACIÓN DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS

 4.      ¿Quiénes pueden licitar?

Los sujetos que conforman la relación jurídica del procedimiento licitatorio son:

a.         Licitador  (ente público en ejercicio de la función administrativa)

b.        Licitantes (forman ofertas y participan en el proceso de selección)

Los licitantes pueden ser personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, públicas o privadas. A lo largo del proceso adquieren diferentes calidades:

a.            Interesados: cuando conocen de las bases y condiciones del llamado a licitación. En este momento del proceso tienen un derecho subjetivo a participar.

b.        Adquirientes del pliego: cuando compran el pliego de condiciones o bases de licitación.

c.         Oferentes: cuando proponen o presentan ofertas.

d.            Adjudicatarios: cuando son seleccionados para contratar. En caso de ser adjudicatarios, su situación jurídica es de derecho subjetivo a la contratación.

En el siguiente recuadro, se resumen las características generales de los tipos de licitantes:

Tipos de licitantes Características
Consorcios, UTE, joint venture Mientras la norma no lo excluya expresamente, se admiten como licitadores a consorcios y Uniones Transitorias de Empresas (UTE). En el derecho comparado son los denominados “joint venture”. Son un conjunto de personas (normalmente personas jurídicas o comerciantes) que llegan a un acuerdo comercial para la realización de un negocio común. Esta unión puede ser muy variada, desde la producción de bienes, la prestación de servicios, a la búsqueda de nuevos mercados o el apoyo mutuo en diferentes eslabones de la cadena de un producto. Se desarrollará durante un tiempo limitado, con la finalidad de obtener beneficios económicos. Un aspecto que puede resultar desventajoso es el régimen de responsabilidad ya que surge  la dificultad de establecer quién responde. Como recomendación, la manera de evitar este problema es establecer en el pliego de condiciones responsabilidad solidaria como condición para presentar ofertas.
Empresas extranjeras Todas estas empresas deben cumplir con los requisitos que contemple cada ordenamiento jurídico. Asimismo, se debe procurar igualdad de competencia entre las empresas nacionales e internacionales. Las normas de integración económica evitan que regímenes inadecuados o anticuados se apliquen y esto provoque ineficiencias en el proceso de contratación.  Cabe agregar que existe normativa a nivel internacional que regula este tipo de licitaciones, específicamente la “Ley Modelo de la  Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional sobre la contratación pública de bienes, obras y servicios” aprobada por la Comisión en su 26° periodo de sesiones (Viena 5 a 23 de Julio de 1993).
Sociedad en formación Si la norma lo permite, las sociedades en formación pueden participar en una licitación, bajo la condición de que se constituyan antes de la suscripción del contrato.

Como última reflexión; si bien es cierto, hemos abarcado muchos temas generales relacionados con las licitaciones, es necesario recordar que este tema contiene muchos detalles y que la legislación de cada país rige la forma en que se realizará el proceso, concomitantemente con las normas internacionales a las que esté sujeto cada territorio.

Andrea Mena: Abogada costarricense. Licenciada en Derecho por la Universidad Hispanoamericana de Costa Rica. Ver biografía.

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